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jueves, 12 mayo 2005
La Constitución Europea y el fin del parlamentarismo en Alemania
En los manuales de Derecho Constitucional, se presenta a Alemania como el típico ejemplo de una república parlamentaria; tanto como Gran Bretaña sería el paradigma de la monarquía parlamentaria y Francia -y, evidentemente, los Estados Unidos- serían representantes insignes del presidencialismo.
Hoy se vota en el Bundestag o Parlamento la Constitución Europea. Algo más tarde, corresponderá pronunciarse al Bundesrat o Consejo Federal, donde están representados los Länder. Se espera que los MdB o miembros del Parlamento aprueben el Texto por abrumadora mayoría. Los ejemplos de España, donde la Carta Constitucional fue aprobada en un plebiscito, también por una abrumadora mayoría, si bien hay que reconocer que fue una mayoría formada por los pocos ciudadanos que se dignaron ir a las urnas y que trataron de contrarrestar el también abrumador abstencionismo del pueblo español...
...Y de Austria, donde ayer se aprobó la Constitución Europea casi por unanimidad, con una abstención de la diputada del ÖVP, Österreichische Volkspartei o Partido Popular de Austria, Barbara Rosenkranz. El Parlamento de la llamada "República de Los Alpes" dió su Sí, pese a que las crecientes críticas, tanto en la población, como entre los políticos. Y, a pesar de los intentos de Jörg Haider de presentar una acción ante el Tribunal Constitucional para que la Constitución europea fuese sometida a un referéndum. Acción que no prosperó, que no pudo ni siquiera ser presentada, puesto que el ex-líder liberal no encontró quien la presentara. (Sólo corresponde a un determinado número de diputados o al gobierno de un Land. Austria es un estado federal). Los diputados austriacos justificaron su Sí, aclarando que la Constitucuión es, en todo caso mejor que continuar con el Tratado de Nizza -el instrumento de "rango constitucional" que rige actualmente-. Sin embargo, reconocieron que no hay ninguna razón para la euforia.
Entre 15 y 18 son los mismbros del Bundestag que han anunciado que votarán No. Se supone que serán más. La presión de las fracciones ha sido demasiado grande -se quejan- y no ha han tenido tiempo para informarse bien. Un rechazo de la Constitución Europea en Alemania, tendría fatales consecuencias para Francia, donde el 29 de mayo tendrá lugar un plebiscito (ver envío de 19 de abril).
Actualmente, el 80% de las leyes y ordenanzas que se promulgan y dictan en Alemania son derecho europeo, de manera que la labor legislativa del Bundestag se ha visto cada vez más disminída. Esta situación empeorará con la entrada en vigor de la Carta Fundamental Europea. En efecto, el Parlamento perderá aún más competencias, a pesar de la cláusula de subsidiariedad. Finalmente, se hará realidad lo que un diputado recientemente criticaba enfrentánse al Canciller Federal (ver envío de 16 de abril): "¡El Parlamento no es un teatro de marionetas!" Pues, para bien o para mal, el Bundestag se verá privado de competencias y asumirá una función que tiene más que ver con una tribuna política, de alto nivel, pero tribuna al fin, que con un poder legislativo. Este traslado del poder político desde los Legislativos estatales hacia el Ejectutivo europeo es una de las más fuertes críticas que se formula a la Constitución Europea y, ya antes, a las institucionalidad europea que adolecería de un déficit democrático.
Comentando esta situación, un periodista (Konrad Adam) ha llamado la atención acerca del significado de la voz competencia que, en alemán, tiene el mismo significado que en español, demanera que puedo explicar a mis lectores su argumentación. Competencia, según la Academia, significa, por una parte (1) "atribución legítima a un juez u otra autoridad para el conocimiento o resolución de un asunto". En este sentido, es incumbencia, que consiste en la "obligación y cargo de hacer algo". (2) Y por otra, "pericia, aptitud, idoneidad para hacer algo o intervenir en un asunto determinado". Pues bien, el Parlamento sólo sería merecedor a una competencia en el primer sentido, si realmente prueba que es competente en el segundo sentido. Y eso es -concluye- lo que falta en el Bundestag.
Asimismo -continua la crítica ya generalizada-, las leyes no son hechas por el Poder Legislativo, sino por gremios de expertos, apoyados en una burocracia enorme e ineficiente que elabora complicados textos los cuales, además son, muchas veces contradictorios. La jungla legal (en los términos que usa la teoría del Derecho alemana desde el s. XIX) es ingente. Es lo que hoy en día llamamos la superregulación. Consiste en regular algo innecesariamente. Muchas veces, se dictan ordenanzas recogiendo exactamente la práctica existente hasta entonces. Me pregunto si no sería mejor haber dejado tal materia sin regular -o legislar, en su caso-. ¿Por qué regular o legislar si la práctica no contradice el sentido común y los negocios jurídicos funcionan? En tal caso, es innegable que una reglamentación de una materia no reglamentada hasta entonces, significará más burocracia y más inmovilidad jurídica y de todo tipo. Pues bien, se critica, a esto se ha dedicado en Bundestag durante, por lo menos, la última década: a superregular. ¡Para qué mencionar la labor superreguladora del gobierno federal!
En la práctica, el Parlamento se limita a aprobar lo que ha sido elaborado por comisiones, expertos y por la burocracia. En suma, el parlamento ha adquirido competencias sin ser competente. ¿Qué ocurrirá ahora que perderá un sinnúmero de competencias? Se ha planteado que la Constitución Europea es el acta de defunción de los parlamentos de los estados miembros, ¿estará realmente próximo el fin del parlamentarismo alemán? Es un tema acerca del cual nos corresponderá reflexionar en los próximos años.
Marta Salazar
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